Acuerdo
Oferta y acuerdo
- Las presentes Condiciones Generales se aplican a todos los presupuestos, ofertas de Iglesia y la TI, Schuitenberg 85, 6041 JH Roermond, Países Bajos (en adelante, el "promotor") y a todos los contratos (cada uno de ellos, un "contrato") celebrados entre el promotor y el cliente (en adelante, el "cliente"), incluidos todos los contratos de servicios prestados por el promotor, incluidos los de consultoría y formación. A menos que se indique lo contrario, todas las ofertas del promotor son sin compromiso.
- El acuerdo con el cliente no se cierra hasta que lo firman las personas autorizadas del promotor y el cliente.
- Todas las ofertas de los promotores son no vinculantes, salvo que se indique lo contrario en la oferta correspondiente.
- Un presupuesto por varias partes no obliga al promotor a realizar una parte del presupuesto a una parte correspondiente del precio presupuestado.
- Estas condiciones generales también se aplican a encargos adicionales y encargos de seguimiento del cliente. Las tarifas mencionadas no se aplican automáticamente a futuros encargos.
- Las condiciones generales de compra u otras condiciones generales del cliente no se aplicarán a menos que el promotor las acepte expresamente por escrito.
- El término software del desarrollador se refiere al software del desarrollador, que consiste en el software (componente cliente) y el servicio de datos relacionado (componente servidor), la documentación del desarrollador y todos los demás materiales proporcionados por el desarrollador al cliente. El software del desarrollador puede consistir en componentes estándar, componentes personalizados o una combinación de ambos.
- Los demás acuerdos y cláusulas verbales o escritos no serán vinculantes para el promotor hasta que éste los confirme por escrito.
- La clasificación de los documentos es:
- el contrato / presupuesto / confirmación de pedido,;
- las presentes condiciones generales;
- la convocatoria de licitación / solicitud de oferta; y
- condiciones generales de compra u otras condiciones generales del cliente, si se declaran expresamente aplicables. En caso de contradicciones o ambigüedades, prevalecerá un documento de rango superior, siendo exhaustivo el tratamiento de un tema en un documento de rango superior.
Aplicación del acuerdo
- El promotor se esforzará al máximo por cumplir el contrato con esmero, en su caso de conformidad con los acuerdos y procedimientos establecidos por escrito con el cliente. El trabajo del Promotor se realiza sobre la base de una obligación de esfuerzo siempre que haya espacio dentro del calendario vigente.
- El promotor mantendrá informado al cliente del progreso de los trabajos siempre que sea posible y necesario.
Responsabilidad y cooperación del cliente
- El Cliente es responsable de la elección, el uso y la correcta aplicación en su organización del software del desarrollador y de los servicios que prestará el desarrollador. El Cliente también es responsable de la seguridad de sus datos.
- El cliente conoce las características funcionales del software del desarrollador y es responsable de garantizar que el software del desarrollador satisface sus deseos y necesidades. En caso de duda, puede obtener información del desarrollador o pedir consejo a un tercero experto antes de cerrar el acuerdo.
- El Cliente se asegurará de que dispone del equipo, el software y los medios de datos y telecomunicaciones adecuados para la instalación y el uso del software del desarrollador.
- El cliente proporcionará siempre a tiempo al promotor todos los datos o informaciones útiles o necesarios para la ejecución del acuerdo, incluido el acceso (temporal) a los archivos de información necesarios y a los expertos del cliente y, además, proporcionará a tiempo toda la cooperación razonable deseada por el promotor.
- Es obligación del cliente tomar las medidas oportunas, tales como fallback, protección de datos, supervisión periódica del funcionamiento, etc., en caso de que el software de desarrollo, en su totalidad o en parte, no funcione adecuadamente o muestre defectos. Antes de su utilización operativa, el cliente deberá probar a fondo el software de desarrollo para detectar posibles defectos y comprobar su usabilidad y seguridad en el entorno real del usuario. Lo mismo se aplica en caso de nuevas versiones y/o actualizaciones de características del software de desarrollo.
Plazo de entrega
- Todos los plazos (de entrega) mencionados por el promotor se han fijado según su leal saber y entender basándose en los datos conocidos por el promotor en el momento de la celebración del contrato y se respetarán en la medida de lo posible, pero nunca constituyen una fecha límite. Si existe peligro de que se supere algún plazo, el promotor y el cliente se consultarán lo antes posible.
- Si el promotor tiene que esperar la cooperación o información del cliente, los plazos (de entrega) se ampliarán por la duración de dicho período de espera, si es necesario.
Precios y formas de pago
- Todos los precios son sin IVA, salvo que se acuerde otra cosa. Salvo acuerdo en contrario, los precios se indican en EUR y el pago debe efectuarse en EUR.
- Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el plazo de pago es de 30 días.
- Salvo acuerdo en contrario, los precios no incluyen los gastos pagados en nombre del cliente. Estos se cobrarán por separado.
- Si el promotor ha dado una indicación o estimación de los costes totales de los servicios, esto no significa que haya un precio fijo, a menos que el promotor haya indicado explícitamente que se trata de un precio fijo. Un presupuesto disponible dado a conocer por el cliente nunca cuenta como precio fijo acordado.
- En caso de demora en el pago, el cliente deberá abonar los intereses legales. Si el cliente sigue en mora de pago, la reclamación podrá ser entregada para su cobro, en cuyo caso el cliente también estará obligado a pagar el 15% de los gastos de cobro extrajudicial.
- Si la solvencia del cliente lo justifica, el promotor podrá exigir una garantía adicional o el pago de un anticipo, a falta de lo cual el promotor podrá suspender la ejecución del contrato.
Licencia de software y servicio
Suministro de software
- El Proveedor pondrá a disposición del Cliente el software estándar para desarrolladores especificado en la oferta, incluida la aplicación para el usuario final, en la forma y con la duración y el ámbito de uso especificados en la oferta. Cuando se trate de bienes físicos, el Proveedor los entregará en el lugar de los Países Bajos que designe el Cliente. El desarrollador solo instalará el software del desarrollador si así se acuerda por escrito.
- Las posibilidades y limitaciones técnicas de uso del software del desarrollador, como la conexión con la base de datos, el sistema operativo, el equipo y los soportes de datos, se indican en los requisitos de hardware y software, que se han comunicado al cliente.
- La información mencionada en presupuestos, propuestas, ofertas, archivos adjuntos, programas de prueba, documentación, descripciones de productos y proyectos, etc., sólo tiene carácter informativo y no puede considerarse una característica prometida o garantizada del software del desarrollador. Más concretamente, para parte de la funcionalidad del software del desarrollador, el desarrollador depende de la disponibilidad de servicios y contenidos de terceros, que no siempre, o sin interrupción, estarán disponibles. El desarrollador no puede garantizar que el software del desarrollador funcione de forma ininterrumpida, puntual, segura o libre de errores o que, si se acuerda un soporte adicional, se corrijan siempre todos los errores y defectos.
Derecho de uso de programas informáticos
- Los sistemas del promotor llevan a determinar el uso del software del promotor. En parte para comprobar un posible uso adicional, el cliente ofrecerá al promotor la posibilidad de medir el uso del software del promotor por parte del cliente para verificar si el uso por parte del cliente es conforme al acuerdo entre el promotor y el cliente. Si el cliente no ha informado al promotor sobre el uso adicional, el promotor cobrará al cliente una tasa adicional.
- Con el pago periódico (suscripción) de la licencia y la tasa de uso (y la tasa de asistencia opcional), el derecho a utilizar el software del desarrollador (y la asistencia) caduca si el cliente no efectúa los pagos periódicos acordados.
- El promotor concede al cliente el derecho no exclusivo e intransferible a utilizar el software del promotor, mencionado en el acuerdo.
- El software de desarrollo sólo podrá ser utilizado por el cliente en su propia empresa, organización o institución, hasta el máximo del número de usuarios o uso descrito en el contrato, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el contrato, a menos que el cliente abone las tarifas y costes adicionales de actualización aplicables de conformidad con los precios y baremos vigentes en ese momento.
- En caso de uso no acordado, el promotor tiene derecho a una indemnización de al menos tres veces el importe total del contrato, sin perjuicio del derecho del promotor a reclamar una indemnización por los daños reales sufridos.
- El cliente tendrá derecho a realizar un número razonable de copias de seguridad del software del programador. Dicha copia de seguridad sólo podrá ser utilizada por el cliente si el software de desarrollo suministrado originalmente por el desarrollador ya no es adecuado para su uso y/o no puede ser suministrado de nuevo por el desarrollador. En tal caso, el cliente deberá informar al programador. La copia de seguridad llevará siempre las mismas etiquetas e indicaciones que el software de revelado suministrado originalmente por el revelador.
- Cuando el software para desarrolladores esté disponible (parcialmente) a través de la plataforma de un tercero, más concretamente App Store de Apple para iOS o Google Play de Google para Android, se aplicarán los términos y condiciones de dicha plataforma con respecto al uso de (esa parte de) el software para desarrolladores.
- El cliente no está autorizado a vender, alquilar, enajenar o transferir a título de garantía el software de desarrollo, ni a ponerlo en modo alguno a disposición de terceros ni a transferírselo, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito. El cliente no podrá modificar el software de desarrollo, cederlo a terceros para su uso o utilizarlo en beneficio de terceros.
Software para proveedores
- Si un proveedor del promotor sólo concede el derecho a utilizar software procedente de un proveedor de conformidad con las disposiciones de su acuerdo de licencia o de usuario, o si el mantenimiento se realiza de conformidad con las disposiciones del acuerdo de mantenimiento de dicho proveedor, las disposiciones de dichos acuerdos prevalecerán sobre las disposiciones establecidas en las presentes condiciones generales. A petición del cliente, el promotor informará al cliente sobre el contenido de dichos acuerdos. El promotor no se hace responsable del funcionamiento o defectos del software o hardware de ningún proveedor.
Consultoría, Personalización/Más, Aceptación
Consultoría
- El cliente y el promotor acordarán por escrito todos los servicios adicionales que deba prestar el promotor. El cliente y el promotor acordarán por escrito las especificaciones y el calendario de los servicios que deban prestarse. Si se acuerda que los servicios se prestarán por fases, el promotor podrá aplazar el inicio de los servicios pertenecientes a una fase posterior hasta que el cliente haya aprobado por escrito los resultados de la fase anterior.
- El promotor tendrá en cuenta los deseos del cliente a la hora de desplegar a sus empleados, pero será el promotor quien decida quién realizará los servicios de promotor. En caso necesario, el promotor podrá contratar a un tercero para realizar el trabajo.
- Si esto es deseable, el promotor podrá llevar a cabo todo o parte del trabajo a realizar en la oficina del cliente y el cliente proporcionará las instalaciones necesarias como espacio de trabajo, sin cálculo de costes. Los empleados del promotor deberán cumplir las normas internas del cliente.
- Debido a la necesidad de que el cliente coopere en los servicios a prestar, el cliente siempre proporcionará oportunamente al promotor todos los datos o información útil o necesaria para la ejecución del acuerdo, incluido el acceso (temporal) a los archivos de información requeridos y a los expertos del cliente y, además, proporcionará toda la cooperación razonable solicitada por el promotor a tiempo.
- Si, para la ejecución de los trabajos acordados, el promotor no dispone de los datos necesarios, no a tiempo o no conforme a lo acordado, o si el cliente no cumple con sus obligaciones de cualquier otro modo, esto puede afectar al plazo de ejecución previsto. En cualquier caso, el promotor tendrá derecho a suspender la ejecución del acuerdo y podrá cobrar los costes resultantes y el tiempo ocioso según sus tarifas habituales.
Personalización/más trabajo
- Si el promotor ha realizado trabajos que quedan fuera de los servicios acordados, estos trabajos serán reembolsados por el cliente al promotor según las tarifas habituales del promotor.
- Si, debido a deseos adicionales del cliente, los requisitos o especificaciones se amplían o modifican con respecto a los establecidos en el acuerdo, se tratará de trabajo adicional susceptible de compensación. Si el Promotor considera que habrá trabajo adicional, lo notificará al cliente lo antes posible. No obstante, el Promotor no estará obligado a cumplir ninguna solicitud del cliente para realizar dicho trabajo y podrá exigir que se celebre un acuerdo independiente a tal efecto.
- El cliente acepta que si las partes acuerdan que los servicios a prestar se amplíen o modifiquen, el plazo de ejecución de los mismos puede verse afectado como consecuencia de ello. El promotor informará al cliente a este respecto lo antes posible.
- Si el promotor ha facilitado una indicación o estimación del coste total de los servicios, ello no significa un precio fijo, salvo acuerdo expreso. No obstante, el cliente tiene derecho a decidir si el trabajo continúa en caso de que se supere la indicación o estimación.
Aceptación, transmisión del riesgo y garantía
- Si las partes no han acordado la realización de una prueba de aceptación, el cliente aceptará el software del desarrollador en el estado en que se encuentre en el momento de la entrega ("tal cual"), con todos los errores y defectos visibles e invisibles. Si las partes han acordado por escrito la realización de una prueba de aceptación, se aplicará lo siguiente:
- Cuando a continuación se mencionen "errores", se entenderá un incumplimiento sustancial de las especificaciones funcionales y técnicas del software del desarrollador, tal y como éste lo haya dado a conocer y/o acordado por escrito. Un error sólo existe si el cliente puede probarlo y si es reproducible. El cliente está obligado a comunicar inmediatamente los errores al promotor.
- Si se ha acordado una prueba de aceptación, el periodo de prueba será de catorce (14) días tras la finalización de la instalación por parte del promotor. Durante el periodo de prueba, el cliente no tendrá derecho a utilizar el software de desarrollo con fines productivos u operativos. El cliente llevará a cabo la prueba de aceptación acordada con suficiente alcance y profundidad en el software del desarrollador e informará de los resultados de la prueba al desarrollador por escrito, de forma clara y comprensible.
- Si se ha acordado una prueba de aceptación, el cliente está obligado además a comprobar bajo su plena y exclusiva responsabilidad si el software del promotor entregado cumple las especificaciones funcionales y técnicas dadas a conocer y/o acordadas por escrito por el promotor. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la asistencia prestada por el promotor en la realización de una prueba de aceptación será por cuenta y riesgo del cliente.
- Si, durante la realización de la prueba de aceptación acordada, resulta que el software del promotor contiene errores, el cliente informará al promotor sobre los errores a más tardar el último día del periodo de prueba mediante un informe de prueba escrito y detallado. El programador hará todo lo posible por subsanar dichos errores en un plazo razonable, para lo cual tendrá derecho a instalar soluciones temporales, desvíos de programa o restricciones para evitar problemas en el software del programador.
- La aceptación del software de desarrollo no podrá ser denegada por motivos ajenos a las especificaciones expresamente acordadas entre las partes y tampoco por la existencia de errores menores, siendo éstos errores que no impidan razonablemente la puesta en funcionamiento operativo o productivo del software de desarrollo, sin perjuicio de la obligación del desarrollador de subsanar estos errores menores en los tres primeros meses desde la entrega.
- El software del desarrollador se considerará aceptado entre las partes:
- si las partes no han acordado una prueba de recepción: en el momento de la entrega o, si se ha acordado por escrito la instalación por parte del promotor, en el momento de la finalización de la instalación; o bien
- si las partes acordaron una prueba de aceptación: el primer día después del período de prueba; o
- si el promotor recibe un informe de incidencias antes de que finalice el periodo de pruebas: en el momento en que se hayan corregido los errores mencionados en dicho informe de pruebas.
- No obstante lo anterior, si el cliente hace algún uso del software de desarrollo con fines productivos u operativos antes del momento de la aceptación explícita, el software de desarrollo se considerará plenamente aceptado desde el inicio de dicho uso.
- Si el software de desarrollo se entrega y prueba en fases y/o partes, la no aceptación de una fase y/o parte concreta no afectará a la aceptación de una fase anterior y/o de otra parte.
- El promotor se esforzará, en la medida de sus posibilidades, por reparar en un plazo razonable los errores en el software de desarrollo entregado, si éstos se comunican por escrito al promotor en un plazo de treinta (30) días meses después de la entrega o, si se ha acordado una prueba de aceptación entre las partes, en un plazo de treinta (30) días después de la aceptación, descritos detalladamente. La reparación se realizará de forma gratuita, a menos que el software del promotor se haya desarrollado siguiendo instrucciones del cliente y no por un precio fijo, en cuyo caso el promotor cargará los costes de reparación según sus tarifas habituales. El desarrollador podrá cobrar los costes de reparación de acuerdo con sus tarifas habituales si existen errores de usuario o un uso inadecuado por parte del cliente u otras causas no imputables al desarrollador o si los errores podrían haberse detectado al realizar la prueba de aceptación acordada.
- La obligación de recuperación se extingue si el cliente realiza o manda realizar cambios en el software del desarrollador sin el consentimiento por escrito de éste, consentimiento que no podrá denegarse por motivos no razonables.
Ayuda
Apoyo básico
- El Promotor proporciona asistencia básica sobre el software del Promotor durante noventa (90) días a partir de la aceptación final, en la medida de lo posible, por correo postal. El soporte básico consiste en responder a las consultas de segunda línea de los usuarios.
- Responsabilidades desarrollador
El desarrollador es responsable del mantenimiento del CMS y de realizar cambios en la aplicación y en la base de código del CMS. - Responsabilidades del cliente
El cliente es responsable de la distribución de la aplicación y de la asistencia de primera línea, a menos que se acuerde lo contrario. - Niveles de actividad
El CMS está alojado en un proveedor externo. El nivel de tiempo de actividad de este tercero es del 99,98%.
La aplicación está firmada y alojada por el cliente, por lo que no puede garantizarse su disponibilidad. - Tiempos de resolución
El desarrollador siempre intentará resolver los errores lo antes posible. Reconoce que la aplicación del cliente es una parte importante de su negocio y que deben evitarse los tiempos de inactividad. Sin embargo, dado que la naturaleza y las causas de los errores pueden variar enormemente, el desarrollador no puede dar plazos de resolución garantizados. En cualquier caso, el desarrollador hará todo lo posible por resolver los errores lo antes posible. Asimismo, el promotor facilitará al cliente informes periódicos sobre los progresos realizados. - Cuota de apoyo
Apoyo; por persona, por hora EUR 50,- Apoyo; por persona, por hora, durante Vacaciones EUR 80,-
Apoyo adicional, tasa de apoyo
- Si el promotor y el cliente acuerdan que se proporcione soporte adicional en el tiempo o en el alcance, por ejemplo para formación y reparación de errores, esto se hará sobre la base de los términos y condiciones establecidos en el acuerdo, con la tarifa de soporte periódica establecida en el acuerdo. El promotor podrá ajustar periódicamente el alcance de su soporte adicional.
- El Promotor podrá modificar la cuota de soporte adicional con efecto a partir de cada nuevo año. Al menos un mes antes de que finalice el año correspondiente, el Promotor notificará por escrito al cliente la modificación de la tasa de asistencia adicional que se aplicará para el año siguiente. El incremento no superará el 7% anual. La cuota de soporte será facturada por el promotor periódicamente por adelantado.
- El mantenimiento adicional se suscribe por un periodo inicial de un año, salvo que se indique lo contrario en el acuerdo. Una vez finalizado este periodo inicial, el mantenimiento se renueva tácitamente cada vez por periodos de un año, a menos que el promotor o el cliente rescindan el mantenimiento por escrito y por carta certificada con la debida observancia de un plazo de preaviso de al menos 3 meses antes de que finalice el periodo de mantenimiento correspondiente.
- No se permite el apoyo de terceros
Para proteger la información secreta y confidencial del promotor, no se autoriza a terceros a realizar tareas de mantenimiento en el software del promotor proporcionado por éste al cliente.
Otros
Propiedad intelectual
- Los derechos de propiedad intelectual (incluidos los derechos de autor, derechos de patente, derechos de marca y derechos de know-how, incluida la posibilidad de registrarlos) de todo el software, servicios u otros materiales del promotor (tales como: análisis, diseños, documentación, informes, ofertas, etc.), incluidas las posibles modificaciones, adiciones y personalizaciones, proporcionados por el promotor al cliente o puestos a disposición de cualquier forma, son propiedad exclusiva del promotor o de sus licenciantes. El cliente sólo adquiere los derechos de uso de los mismos que se conceden explícitamente en el acuerdo o en estas condiciones generales.
- En particular, las técnicas y aplicaciones utilizadas o aplicadas por el promotor para el producto creado para el cliente también podrán ser aplicadas por el promotor a otros productos o utilizadas para otros clientes. El desarrollador tiene derecho a utilizar los conocimientos, ideas y métodos adquiridos por él en la ejecución de un acuerdo también para otros fines, siempre que no se revele información confidencial del cliente a terceros. Los conceptos rechazados por el cliente podrán presentarse a otros clientes.
- El cliente no está autorizado a eliminar o modificar ningún aviso de copyright o marca comercial del software o los materiales del desarrollador, incluidos los avisos relativos a la naturaleza confidencial y el secreto del software del desarrollador.
- Si el acuerdo se divide en fases y se concede, a menos que se acuerde lo contrario, el cliente no tiene expresamente derecho a utilizar los resultados de (una) fase(s) anterior(es) para (una) fase(s) posterior(es) si el promotor no ha recibido el encargo de hacerlo.
- El cliente no está autorizado a realizar ingeniería inversa, descompilar, desensamblar o traducir el software del desarrollador ni a intentar acceder al código fuente para crear derivados del código fuente del software del desarrollador, excepto para los usos permitidos por la ley.
- El desarrollador está autorizado a tomar medidas técnicas para proteger el software del desarrollador.
- El Promotor se reserva el derecho de mencionar los resultados y materiales relevantes de la forma habitual para su propia publicidad y promoción en su cartera, presentaciones y materiales de prensa. El Promotor podrá nombrar al cliente como cliente en su cartera, presentaciones y materiales de prensa.
- El promotor indemnizará al cliente por cualquier acción y reclamación basada en la alegación de que el software del promotor infringe un derecho de autor de terceros válido en los Países Bajos. El desarrollador pagará los costes y los daños y perjuicios que se establezcan de forma irrevocable mediante sentencia firme, siempre que el cliente informe al desarrollador inmediatamente por escrito y deje la gestión del caso exclusivamente en manos del desarrollador y coopere plenamente al respecto.
Confidencialidad y toma de posesión del personal
- El desarrollador y el cliente tomarán todas las precauciones razonables para mantener la confidencialidad de la información a recibir y ya recibida de la otra parte. En particular, el cliente tratará la información relativa al software del promotor y la documentación relacionada como confidencial, la mantendrá en secreto y no la pondrá a disposición de terceros.
- Durante la vigencia del acuerdo y por un periodo de un año tras la finalización del mismo, el cliente no se dirigirá activamente al personal del promotor, ni lo empleará o contratará de otro modo.
Responsabilidad
- La responsabilidad del promotor se limita a lo regulado en esta disposición.
- El promotor no es responsable de:
- errores o deficiencias en el material facilitado por el cliente;
- malentendidos, errores o deficiencias en la ejecución del acuerdo si tienen su origen o causa en acciones del cliente;
- errores o deficiencias de terceros contratados por el cliente o en su nombre.
- defectos en las ofertas de los proveedores o por superar las ofertas de los proveedores; y
- errores o deficiencias en el resultado entregado, si el cliente ha omitido realizar o ha realizado una prueba y estos errores hubieran sido perceptibles en dicha prueba.
- La responsabilidad del promotor se limita a los costes adicionales en que incurra el cliente como consecuencia directa de la deficiencia imputable. Esto significará exclusivamente: los costes razonables en los que se haya incurrido para establecer la causa y el alcance del daño, en la medida en que el establecimiento se refiera a un daño en el sentido de las presentes condiciones generales; los costes razonables en los que se haya incurrido para que la prestación defectuosa del promotor se ajuste a lo acordado, en la medida en que sean imputables al promotor; y los costes razonables en los que se haya incurrido para evitar o limitar el daño, en la medida en que el cliente demuestre que estos costes condujeron a una limitación del daño directo en el sentido de las presentes condiciones generales. El promotor no estará obligado en ningún caso a compensar ninguna pérdida comercial, daño emergente u otro daño indirecto, incluidos, en particular, los daños debidos a lucro cesante, ahorros previstos o pérdida de datos. El Promotor tampoco estará obligado a indemnizar por daños y perjuicios derivados del retraso en la entrega del software del Promotor, la realización de trabajos o la prestación de servicios.
- La responsabilidad total del promotor se limita a un importe igual a la menor de las dos cantidades siguientes 2.500 euros o el importe igual al precio total pagado (IVA excluido) de los trabajos, servicios y entregas acordados con el promotor en el año anterior al evento dañoso.
- Queda excluida cualquier otra responsabilidad del promotor por los daños sufridos por el cliente, independientemente de la causa de los daños sufridos, ya sea por incumplimiento de contrato, responsabilidad extracontractual o de otro tipo.
- La limitación de responsabilidad del promotor no se aplica en caso de dolo o negligencia grave.
- El cliente exime al promotor de todas las reclamaciones de terceros derivadas del acuerdo, incluso en relación con los derechos de propiedad intelectual de dichos terceros sobre los materiales y la información facilitados por el cliente. En caso de que el promotor fuera considerado responsable por terceros, el cliente estará obligado a asistir al promotor tanto extrajudicial como judicialmente y a hacer inmediatamente todo lo que se pueda esperar de él en ese caso.
- Sin perjuicio de los plazos de prescripción legales, el plazo de prescripción para todas las reclamaciones y defensas contra el promotor y los terceros implicados por el promotor en la ejecución de un acuerdo es de un año.
- Queda excluida cualquier otra responsabilidad del promotor por los daños sufridos por el cliente, independientemente de la forma en que se interponga cualquier acción, ya sea por incumplimiento de contrato, responsabilidad extracontractual o de otro tipo
Cese y disolución
- El cliente no puede rescindir el contrato antes de tiempo.
- Las partes pueden rescindir total o parcialmente el acuerdo con efecto inmediato y sin intervención judicial mediante una notificación por escrito a la otra parte si ésta: (i) se declara en quiebra, (ii) se le concede una suspensión de pagos provisional o no provisional, o (iii) liquida o cesa su actividad empresarial.
- Si el acuerdo es disuelto por el promotor debido a un incumplimiento imputable del contrato por parte del cliente, éste deberá abonar los honorarios y costes incurridos en relación con el trabajo realizado hasta entonces. El derecho del cliente a utilizar el software (software estándar y software personalizado) también finalizará en ese momento. A este respecto, también se considerará incumplimiento la conducta del cliente por la que ya no pueda exigirse razonablemente al promotor el cumplimiento del contrato.
- En caso de rescisión o disolución, no existe obligación de deshacer.
General
- Los cambios y modificaciones de los acuerdos celebrados entre el promotor y el cliente deben hacerse por escrito.
- El Promotor cumplirá con las obligaciones que le impone la legislación en materia de tratamiento de datos personales como encargado del tratamiento. El Promotor garantizará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos personales. El Cliente garantizará el cumplimiento de toda la normativa legal relativa al tratamiento de datos personales, incluida la normativa de la Ley de Protección de Datos Personales.
- El promotor tendrá derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones o a disolver el acuerdo si el cliente no cumple sus obligaciones en virtud del acuerdo o no las cumple en su totalidad.
- El cliente no puede compensar ni suspender una obligación de pago.
- El Promotor no está obligado a cumplir ninguna obligación si no puede hacerlo por causas de fuerza mayor como incendios, huelgas, disturbios laborales, enfermedades, medidas gubernamentales, retraso o falta de entrega por parte de los proveedores o cualquier otra causa ajena a su control. Si una situación de fuerza mayor dura más de noventa días, cualquiera de las partes tiene derecho a rescindir el acuerdo por escrito. Lo ya ejecutado en virtud del acuerdo se liquidará en ese caso proporcionalmente, sin que las partes se deban nada más.
- Sin perjuicio de los plazos de prescripción legales, el plazo de prescripción para todas las reclamaciones y defensas contra el promotor y los terceros implicados por el promotor en la ejecución de un acuerdo es de un año.
- El contrato se rige por la legislación neerlandesa. El tribunal del distrito del domicilio social del promotor tiene jurisdicción exclusiva.
- Las Partes reconocen que participar activa y constructivamente en una Mediación-TIC es una medida razonable y apropiada para prevenir o limitar un daño inminente si este daño inminente está relacionado con el incumplimiento, inoportuno o indebido de cualquier obligación contractual por parte del Proveedor. Por esta razón, el Principal se compromete a participar activa, constructiva e incondicionalmente en una Mediación TIC sin demora a la primera solicitud por escrito del promotor de conformidad con el Reglamento de Mediación TIC de la Fundación para la Resolución de Disputas de Automatización, con domicilio social en La Haya (véase www.sgoa.org y www.sgoa.eu).